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La Audiencia de Murcia obliga a un padre a seguir pasando una pensión alimenticia a su hija de 26 años

La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un padre que pidió que se suprimiera la pensión por alimentos que pasa a su hija, de 26 años. El argumento de la justicia es que las oposiciones que esta prepara “son una fase más de su proceso de instrucción” y necesita este dinero.

La sentencia señala que el demandante acudió a la Audiencia para que se anulara el acuerdo del Juzgado de Primera Instancia número tres de Murcia, que ha mantenido la obligación de pagar la pensión alimenticia, aunque la ha rebajado de 1.200 euros a 675.

El padre ha expuesto en su demanda que se había producido una “alteración sustancial” de las circunstancias por las que en su día se fijó esta pensión por alimentos, ya que la hija, tras finalizar sus estudios en Madrid, había pasado a convivir con su madre, por lo que se consideraba liberado de abonar los 675 euros que costaba el alquiler de una vivienda.

Asimismo, ha expuesto en su recurso que la joven, maestra de educación infantil y licenciada, “está en condiciones de acceder al mercado laboral, porque, de hecho, ha ocupado puestos interinos de trabajo, con cotización a la Seguridad Social”.

Sin embargo, el tribunal, aunque reconoce que, según el Código Civil, la obligación de dar alimentos cesa cuando el destinatario puede ejercer un oficio, afirma que “este precepto debe interpretarse según la realidad social del momento”. Añade que en la actualidad hay que tener en cuenta también que “la preparación de oposiciones directamente relacionadas con la especialidad académica cursada se considera como una fase más del proceso de instrucción”.

Y concluye que “hoy día, la opción de estudiar oposiciones convierte al padre en acreedor de la pensión alimenticia, impidiendo su extinción”, por lo que rechaza el recurso del padre y mantiene la obligación de pagar la pensión de 675 euros, sin anularla o rebajarla.

Publicado en El Periódico

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